¿Qué es la Cuaresma?
> Es el
tiempo litúrgico que marca la Iglesia para prepararnos para la fiesta de la
Pascua. Es el tiempo que precede y dispone a la celebración de la Pascua.
¿Cuánto dura?
> La
Cuaresma dura 40 días. Comienza el miércoles de ceniza y termina antes de
la Misa de la Cena del Señor del Jueves Santo.
¿Por qué 40 días?
> Los
evangelios hablan de un tiempo de soledad de Jesús en el desierto
inmediatamente después de su bautismo por Juan: “Impulsado por el Espíritu” al
desierto, Jesús permanece allí sin comer durante cuarenta días; vive entre los
animales y los ángeles le servían (cf. Mc1, 12-13). Al final de
este tiempo, Satanás le tienta tres veces tratando de poner a prueba su actitud
filial hacia Dios. Jesús rechaza estos ataques que recapitulan las tentaciones
de Adán en el Paraíso y las de Israel en el desierto, y el diablo se aleja de
él “hasta el tiempo determinado” (Lc 4, 13). CEC. 538
> También
fueron 40 los años que el Pueblo de Israel estuvo por el desierto hacía la
Tierra Prometida (Libro del Éxodo)
¿Desde cuándo se celebra la Cuaresma?
> Desde el
siglo IV se manifiesta la tendencia a constituirla en tiempo de penitencia y de
renovación para toda la Iglesia, con la práctica del ayuno y de la abstinencia.
¿A qué nos invita la Cuaresma?
> Es un
tiempo de escucha de la Palabra de Dios y de conversión, de preparación y de
memoria del Bautismo, de reconciliación con Dios y con los hermanos.
> Nos invita
a la oración, el ayuno y la limosna.
¿Qué significa días de penitencia?
> Son los días que
se han fijado para que los fieles se dediquen de manera especial a la oración,
realicen obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con
mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el
ayuno y la abstinencia.
(Código de Derecho Canónico 1249)
(Código de Derecho Canónico 1249)
¿Cuáles son los días y tiempos penitenciales?
> En
la Iglesia universal, son días y tiempos penitenciales todos
los viernes del año y el tiempo de cuaresma.
(Código de Derecho Canónico 1250)
> Todos los
viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la
abstinencia de carne o de otro alimento que haya determinado la Conferencia
Episcopal.
(Código de Derecho Canónico 1251)
> El
miércoles de Ceniza y el Viernes Santo se guardarán ayuno y abstinencia.
(Código de Derecho Canónico 1251)
(Código de Derecho Canónico 1251)
¿Qué determina la Conferencia Episcopal Española?
>“El modo de
observar el ayuno y la abstinencia” Nota de la Secretaría General
de la Conferencia Episcopal Española (6 de febrero de 1986) establece que:
– Los viernes de cuaresma debe guardarse la
abstinencia de carnes, sin que pueda ser sustituida por ninguna otra práctica.
El deber de la abstinencia de carnes dejará de obligar en los viernes que
coincidan con una solemnidad y también si se ha obtenido la legítima dispensa.
– En cuanto al ayuno, establece que ha de
guardarse el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. Consiste en no hacer sino
una sola comida al día; pero no se prohíbe tomar algo de alimento a la mañana y
a la noche, guardando las legítimas costumbres respecto a la cantidad y calidad
de los alimentos.
¿Quiénes están obligados a cumplir con la
abstinencia?
> La ley de
la abstinencia obliga a los que han cumplido 14 años.
(Código de Derecho Canónico 1252)
(Código de Derecho Canónico 1252)
¿Quiénes están obligados a cumplir con el ayuno?
> Todos los
mayores de edad y hasta que hayan cumplido 59 años.
(Código de Derecho Canónico 1252)
(Código de Derecho Canónico 1252)
> El gesto de
cubrirse con ceniza tiene el sentido de reconocer la propia fragilidad y
mortalidad, que necesita ser redimida por la misericordia de Dios. Lejos de ser
un gesto puramente exterior, la Iglesia lo ha conservado como signo de la
actitud del corazón penitente que cada bautizado está llamado a asumir en el
itinerario cuaresmal.
> Es un gesto que
abre a la conversión y al esfuerzo de la renovación pascual.
(Calendario Litúrgico-Pastoral 2017-2018)
¿Cuándo se bendice e impone la ceniza?
> Después del
Evangelio y la homilía se bendice e impone la ceniza, hecha de los ramos de
olivo bendecidos el Domingo de Ramos del año anterior.
(Calendario Litúrgico-Pastoral 2017-2018)
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